Órganos de gobierno, competencias y funciones

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículos 12.1 y 12.3c) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón

En este apartado se pueden consultar las competencias y funciones de los Órganos de Gobierno que componen el Ayuntamiento de Robres, tal como se establece en su normativa de aplicación, especialmente en:

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
  • Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
  • Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local

ALCALDE

Es el órgano unipersonal que preside la corporación, ostenta la máxima representación del Ayuntamiento y dirige la administración municipal. De entre sus funciones destaca:

  • Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local, de cualesquiera otros órganos municipales cuando así se establezca en disposición legal o reglamentaria, así como decidir los empates con voto de calidad
  • Dictar bandos, decretos e instrucciones
  • Nombrar y cesar a los tenientes de alcalde y a los presidentes de los distritos
  • El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado

Alcaldesa del Ayuntamiento de Robres: D. Álvaro Domec López

TENENCIA DE ALCALDÍA

Son concejales nombrados por la Alcaldesa y es a ellos a los que les corresponde sustituirla por orden de su nombramiento, en casos de ausencia, enfermedad e impedimento que imposibiliten a la alcaldesa para el ejercicio de sus funciones.

  • Primera Tenienta de Alcaldía: Dª Verónica Lecina Tejero

PLENO

Es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el Gobierno Local. Los plenos se celebran en el Ayuntamiento y es el instrumento empleado para la toma de decisiones de índole municipal. Está integrado por los concejales y presidido por la alcaldesa. Allí se debaten y aprueban decisiones de interés general del municipio. Los plenos pueden ser ordinarios o extraordinarios.

  • Puede consultar la composición del Pleno del Ayuntamiento de Robres accediendo desde aquí.
  • Puede consultar las actas de los Plenos municipales accediendo desde aquí.

COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS

La Comisión Especial de Cuentas existe en todos los municipios. Está constituida por miembros de los distintos grupos políticos integrantes de la corporación. A ella se someten a informe las cuentas anuales de la entidad local antes del 1 de junio de cada año y, son objeto de información pública antes de someterse a la aprobación del Pleno, a fin de que puedan formularse contra las mismas reclamaciones, reparos u observaciones. Todo ello sin perjuicio de que pueda denunciarse ante el Tribunal de Cuentas la existencia de irregularidades en la gestión económica y en las cuentas aprobadas.

Puede consultar la composición de la Comisión Especial de Cuentas del Ayuntamiento de Robres accediendo desde aquí.

COMISIONES INFORMATIVAS

Las Comisiones Informativas, integradas exclusivamente por miembros de la Corporación, son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno y de la Junta de Gobierno Local cuando ésta actúe con competencias delegadas por el Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes.

Las Comisiones pueden ser permanentes o especiales. Son Comisiones informativas permanentes las que se constituyen con carácter general, distribuyendo entre ellas las materias que han de someterse al Pleno. Son Comisiones informativas especiales las que el Pleno acuerde constituir para un asunto concreto, en consideración a sus características especiales de cualquier tipo.

Convocadas por su presidente/a, se reúnen con carácter ordinario una vez por semana o cuando lo solicite la cuarta parte del número legal de miembros de la corporación.

Puede consultar las Comisiones Informativas del Ayuntamiento de Robres accediendo a la información desde aquí.

REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 30 del Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679, artículo 31.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como en el artículo 6 bis de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, este Ayuntamiento hace público su Registro de Actividades de Tratamiento.

Registro de Actividades del Ayuntamiento de Robres (Consultar información)

DATOS BIOGRÁFICOS PROFESIONALES Y DIRECCIONES ELECTRÓNICAS DE LOS MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN MUNICIPAL

Puede consultar los datos biográficos profesionales y direcciones electrónicas de los miembros de la corporación accediendo desde aquí a la información.

DELEGACIONES DE GOBIERNO

Son los niveles esenciales de la organización municipal con funciones de coordinación de las distintas Direcciones Generales u órganos similares integradas en la misma área de gobierno, y de la gestión de los servicios comunes de éstas u otras funciones análogas y las Direcciones Generales u órganos similares que culminen la organización administrativa, sin perjuicio de las atribuciones del Alcalde para determinar el número de cada uno de tales órganos y establecer niveles complementarios inferiores.

  • Área de Hacienda y Contratación: Dª Irene Ausens Laguarta
Última actualización el miércoles, 23 de octubre de 2024 a 14:29